A- de 2009
Ponente Clara Elena Reales Gutiérrez
✓Demandante Carlos Alberto Ramirez Isaacs Vs. La Nueva Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento por jueces de circuito o con categoría de tales
- No le es dado declinar su competencia para conocer de las acciones de tutela bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atientes al reparto del amparo
- Sociedad de economía mixta
- Elementos configurativos de acuerdo con la Constitución, la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la ley
- Constitución según Ley 489 de 1998
- Sector descentralizado por servicios del orden nacional
- Competencia de Juzgado Administrativo del Circuito
- Devolución de diligencias con el propósito de que la tutela sea debidamente repartida, significa contravenir las finalidades de las normas de reparto
- No tiene competencia para decretar la nulidad de lo actuado bajo el argumento de que las normas de reparto no fueron debidamente atendidas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el juzgado primero administrativo del circuito de buga y el juzgado segundo civil municipal de buga.
Se dispuso la remision, por intermedio de la secretaria general, del expediente de la referencia al juzgado primero administrativo del circuito de buga para la resolucion de dicha solicitud de amparo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Remitir, por intermedio de Secretaria General, el expediente de la referencia al Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Buga para que ejerciendo sus competencias constitucionales y legales, resuelva el amparo interpuesto por Carlos Alberto Ramirez Isaacs como agente oficioso de Maria Myriam Losada Gonzalez, contra la Nueva EPS.
- Segundo. Comunicar, por medio de Secretaria General, el presente auto al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Buga, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional. Para el efecto se remitira copia de la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.